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30 DE JULIO DE 2021

Eliminación de la tercera copia de resoluciones judiciales genera beneficios al medioambiente

Con la entrada en vigencia de la Acordada N° 1533/21, que dispuso la supresión del tercer ejemplar de las resoluciones judiciales de todos los órganos jurisdiccionales, el Poder Judicial ha avanzado notoriamente en el proceso de despapelización de los Tribunales, favoreciendo no solo al ahorro de recursos institucionales sino también a reducir el impacto ambiental que genera el uso de papel.

En ese sentido y con base en la cantidad de resoluciones judiciales dictadas durante el año 2020, sin la tercera copia se produce un ahorro de aproximadamente 1.110.000 hojas de papel por año que equivalen a 2.220 resmas de 500 hojas.

Si tomamos que un árbol produce aproximadamente 8.000 hojas, es decir, 16 resmas de papel, las 2.220 resmas ahorradas en un año equivaldrían a 139 árboles, que se evitarán ser talados, por año.

A su vez, debe considerarse que cada árbol produce aproximadamente 340 litros de oxígeno por día, lo que en un año equivale a 124.100 litros del gas vital.

De esta forma, los 139 árboles representarán 17.249.900 litros de oxígeno por año. Debe decirse que una persona necesita por día 7.200 litros de oxígeno, consumiendo en un año unos 2.268.000 litros, con lo cual son 7 personas las que podrán respirar aire puro por todo un año con la conservación ambiental producida.

Además, en la fabricación de papel se consumen grandes cantidades de agua y energía: solo para elaborar una hoja de papel se requieren 370 cm³ de agua limpia. Por ende, el ahorro de 1.110.000 hojas de papel evita la contaminación de 410.700 litros de agua limpia por año.

Estos números aquí citados corresponden solo a un año, destacándose igualmente el gran ahorro financiero institucional de los costos por adquisición y posterior custodia que habrían generado la utilización de 1.110.000 hojas de papel, ahora ahorrados.

Con estas políticas ambientales el Poder Judicial se encamina en la concreción de los ODS 12, 13 y 15, Objetivos de Desarrollo Sostenible del Milenio, y avanza en el cumplimiento de los propios a favor del medio ambiente, ya establecidos en la Acordada N° 783/12, "Por la que se aprueba el código de buen gobierno del Poder Judicial de la República del Paraguay”, que en su Art. 36 señala:  “La Corte Suprema de Justicia se compromete a promover prácticas tendientes a una política de sostenibilidad ambiental. A dicho fin, la Institución se compromete a establecer lineamientos en esta materia que comprendan: mecanismos de educación y promoción medioambiental con sus funcionarios y con las comunidades, uso de tecnologías limpias, manejo de desechos, y uso de recursos no renovables”.

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