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02 DE OCTUBRE DE 2020

Corte Suprema se adhiere a lucha contra el cáncer de mamas

En el marco de la campaña "Octubre Rosa", la Corte Suprema de Justicia, a través de la Dirección General de Recursos Humanos, recuerda la vigencia de la Ley N° 3803/09 (y su modificación del Art. 1 según Ley N° 6211/18). Dicha ley otorga licencia a las trabajadoras para someterse a exámenes de papanicolau y mamografía.

El máximo tribunal de la República recuerda que toda funcionaria que desee realizarse los estudios de control tiene el beneficio de hacer uso de dos días laborales estipulados en la Ley N° 3803/09, que otorga licencia a trabajadoras para someterse a exámenes de papanicolau y mamografía.

Dicha normativa refiere:

  • Art. 1: Toda trabajadora, dependiente o no, del sector privado o público, con cargo permanente, temporal o contratada, con cargo electivo o no, goza de licencia remunerada de dos días laborales en cada año, para someterse a exámenes de papanicolau y mamografía.
  • Art. 2: Para gozar del beneficio de esta licencia, la beneficiaria debe acreditar, mediante el documento expedido por el centro de salud, sanatorio, hospital u otro centro médico, que los estudios fueron realizados.
  • Art. 3: La fecha de licencia será establecida de común acuerdo entre la beneficiaria y el empleador, la autoridad superior, el Departamento de Recursos Humanos, o similar que correspondiere, salvo prescripción médica que indique la necesidad urgente de realizar dichos estudios.

Según la División de Licencias de la Dirección General de Recursos Humanos, este permiso de carácter especial está reglamentado por el Acta N° 46 del año 2015  y Acta N° 33 del año 2019 del Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia.

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