17 DE ABRIL DE 2020
Ampliación de la Acordada 1366/2020
En el marco de las medidas tomadas por la máxima instancia judicial para optimizar los servicios de justicia durante la crisis sanitaria, en la última sesión plenaria se resolvió la ampliación de la Acordada 1366/20, en lo que respecta a las facultades de los Jueces Penales de Garantías.
En sesión plenaria del día 15 de abril de 2020 la ministra Carolina Llanes propuso la ampliación del Artículo 14, 2do párrafo, de la Acordada 1366/20, respecto a la incorporación dentro de las facultades de los Jueces Penales de Garantías, quedando redactado de la siguiente manera:
"Art. 14 de la Acordada N° 1.366. Incorporar dentro de las facultades de los jueces penales las posibilidades procesales previstas dentro del art. 301 del CPP que no tengan un contenido imputativo, con la recomendación que se realicen a través de audiencias telemáticas, con la recomendación que las condiciones de dación impuestas sean destinadas a las comunidades carenciales".
Por otro lado, es importante mencionar que en la ocasión la ministra Llanes, en representación de la Sala Penal, exhortó a los Jueces Penales “a proseguir con las Revisiones de Oficio de las Medidas Cautelares Privativas de Libertad, utilizando indistintamente los medios telemáticos e inclusive escritos, en el caso de las revisiones de oficio, que permitan agilizar las decisiones con relación a las medidas de prisión preventiva, priorizando los grupos vulnerables, siempre que los presupuestos legales estén debidamente justificados”.
Asimismo, instó a los Jueces de Ejecución a agilizar los trámites para el otorgamiento de los beneficios penitenciarios a los privados de libertad, priorizando los grupos vulnerables y respetando siempre la independencia de criterio de cada magistrado.