25 DE OCTUBRE DE 2019
Jurisprudencia destacada
Resolución N° 105. Fecha 2 de agosto de 2018. "G.M.C c/ H.R.L.Z Y OTROS S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑO MORAL".
Costas. Exención de costas.
La falta de temeridad y malicia señalada por el Tribunal de apelación no es reconocida como motivo de exención de las costas.
Costas. Exención de costas.
La decisión del Tribunal de eximir de costas al demandante, en virtud del art. 193 del CPC, se justifica plenamente, por haber existido razón suficiente para litigar.
Costas. Exención de costas.
El juicio de conocimiento concede poder al Juzgador para exonerar total, o parcialmente en la imposición de costas a la perdidosa. La decisión exoneradora debe ser fundamentada bajo riesgo de ser nula. (Voto en Disidencia del Ministro Garay)
Costas. Exención de costas.
La exoneración total o parcial en la imposición de Costas a la perdidosa ocurre cuando a convicción del Juzgador hay elementos jurídicos que le den razonabilidad suficiente para fundamentar oposición a la pretensión de su adversa. ( Voto en disidencia del Ministro Garay)
Costas. Exención de costas. Costas al Vencedor.
Cuando el accionante no analizó ni asumió recaudos suficientes para entablar demanda, haciendo que las adversas (accionadas) hayan contratado profesionales del foro y transitado por todas las etapas del Juicio ordinario, con prolongada duración, es razón por la cual resulta inaplicable en el art. 193 del CPC. (Voto en disidencia del Ministro Garay)