06 DE SEPTIEMBRE DE 2019
Presupuesto 2020 orientado a la gestión por resultado
La Corte Suprema de Justicia presentó por primera vez un proyecto de presupuesto orientado a la gestión por resultado. Con ello se cambia la clasificación de los Programas Presupuestarios, estableciendo como Programa Sustantivo a la Tutela Jurisdiccional Efectiva, la cual es ejercida por Juzgados y Tribunales en toda la República.
El Proyecto de Presupuesto Institucional para el año 2020 introduce variaciones en relación al presupuesto del año anterior, formuladas en la Gestión por Resultado y en el marco del cumplimiento de las disposiciones constitucionales que aseguran al Poder Judicial un mínimo del 3% del Presupuesto General de la Nación (PGN).
Para la elaboración del Presupuesto 2020 se realizó un análisis que vincula la asignación de los recursos presupuestarios a los datos demográficos, cantidad de jueces por habitantes, carga diaria de trabajo por juzgado, promedio mensual de resoluciones por juez, tasa de litigiosidad, de resolución, de pendencia, de cada una de las 18 Circunscripciones Judiciales de la República.
El proceso de seguimiento de resultados es asegurado por la formulación de los Planes Operativos Institucionales por centros de responsabilidad (550 en el Poder Judicial, incluyendo Juzgados y Tribunales).
La diferencia entre el Proyecto de Presupuesto 2020 y el vigente del año 2019 está dada principalmente por obligaciones resultantes de compromisos legales de cumplimiento forzoso, como el crecimiento vegetativo, las regularizaciones por el pago del salario mínimo, la incorporación de funcionarios a la matriz salarial, la desprecarización, entre otros.
Durante el proceso de creación de cargos se ha cuantificado la necesidad de incorporar 1.600 nuevos funcionarios en toda la estructura del Poder Judicial; sin embargo, mediante un proceso participativo con las diferentes circunscripciones y bajo el liderazgo de los ministros encargados, se redujeron a 503 pedidos, en su mayoría del área jurisdiccional, en el entendimiento de que estos son imprescindibles para una mejora en las tasas de gestión de los Juzgados y Tribunales. Por ello, se da prioridad a la creación de cargos para Tribunales de Apelación, Juzgados de Primera Instancia (segundas secretarías) y Juzgados de Paz.
Se debe recordar además que el sistema de concursos para la incorporación de funcionarios se encuentra consolidado y no ha sido objeto de cuestionamiento alguno, buscando la transparencia en este sector.
Se acompaña en este presupuesto la solicitud de los gremios de funcionarios de actualizar el salario en un 20%, en consideración a que en los últimos 7 años los sueldos han permanecido congelados mas no así el costo de vida. Esta actualización no contempla el aumento de salarios de magistrados y ministros de la Corte Suprema, así como de los psicólogos forenses del Poder Judicial, que ya tuvieron un aumento este año.
Finalmente, la autarquía presupuestaria, establecida en el Artículo 249° de la Constitución Nacional y contemplada en artículos de la Ley N° 6258/19, referentes al manejo independiente de las modificaciones presupuestarias y del Plan Financiero, así como la administración directa de sus recursos propios (Fuente de Financiamiento 30), son de fundamental importancia, por lo que se solicitó la incorporación de dichos artículos en la Ley de Presupuesto del Ejercicio Fiscal 2020.
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