08 DE FEBRERO DE 2019
Jurisprudencia destacada
ACUERDO Y SENTENCIA N° 527/18. EXPEDIENTE: "MP C/ R.A.T S/ EXPOSICIÓN AL PELIGRO EN EL TRÁNSITO TERRESTRE".
PRESCRIPCIÓN. Plazos para la Prescripción.
El inicio del cómputo del plazo de prescripción, inicia al concluir la conducta punible, tal como lo prescribe el citado Art. 102 inc. 3 del C.P. Para determinar ello, debemos fijarnos en el relato de hechos consignado en el acta de imputación fiscal.
HECHOS PUNIBLES. Hecho punible de peligro.
En los hechos punibles de peligro en abstracto existe un monopolio de la acción penal pública donde el Ministerio Público por mandato constitucional representa los intereses de la sociedad.
HECHOS PUNIBLES. Hecho punible de peligro.
En los hechos punibles de peligro en abstracto no existe una "ofensa directa" por el hecho punible respecto a una persona, por lo tanto, en esta gama de tipos penales no puede darse la calidad de victima a un particular.
PRESCRIPCIÓN. Plazos para la Prescripción.
A los fines de establecerse si una acción ha prescripto o no, debe estarse a la calificación realizada por el Juez y concordar ello con los plazos previstos en el art. 102 del Código Penal, en concordancia con lo dispuesto por el art. 104 del mismo cuerpo legal.