26 DE OCTUBRE DE 2018
Jurisprudencia destacada
ACUERDO Y SENTENCIA N° 793/2017. CAUSA: "RECURSO DE REVISIÓN PLANTEADO POR EL ABOGADO A.L.G POR LA DEFENSA DE M.R.M LOS AUTOS CARATULADOS: "M.R.M. S/ HOMICIDIO DOLOSO".-
RECURSO DE REVISIÓN. Incompatibilidad.
La incompatibilidad debe radicar en los hechos fundamentales de la condena, es decir, sobre el elemento fáctico o hecho histórico comprobado en la causa y en el que se sustenta su fundamento, de modo tal a que un hecho similar no pueda conducir a otra decisión distinta, habida cuenta que lo que se busca es evitar la coexistencia jurídica de dos sentencias penales que tienen por fundamento determinados hechos incompatibles entre sí. (Voto de la Ministra Alicia Pucheta de Correa).-
IGUALDAD REAL.
La igualdad real es la que se refiere a la realidad de la vida y la conducta de los seres humanos, es la que efectivamente trata igual a quienes están fácticamente en iguales circunstancias, lo que sobre igualdad haya en las normas iguales para todos, no es igualdad real para cada uno si el resultado personalizado en la aplicación de la ley penal igualitaria arriba en igualdad de situaciones a condenas desiguales. (Voto de la Ministra Alicia Pucheta de Correa).-