06 DE ABRIL DE 2018
Jurisprudencia destacada
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. ACUERDO Y SENTENCIA n° 1907 del 29/12/2017
COSTAS. REGULACIÓN DE HONORARIOS
DERECHO A LA IGUALDAD
Cuando las normas crean desigualdades ante casos similares, dando un tratamiento distinto a uno y otro, se infringe la garantía constitucional de igualdad, consagrada en el Art. 46 de la Carta Magna.
ESTADO. DERECHO A LA IGUALDAD
La garantía de igualdad ante la ley debe ser observada también por el Estado y sus entes en su relación con los particulares, no solo administrativo, sino también en el ámbito jurisdiccional.
COSTAS
El art. 29 de la Ley N° 2421/04 lesiona la garantía constitucional de la igualdad ante la ley, al establecer que las costas que se impongan al Estado o a sus entes, su responsabilidad económica y patrimonial por los servicios profesionales de todos los abogados intervinientes, no podrá exceder el 50% del arancel mínimo legal dispuesto por la Ley N° 1376/88 de Honorarios de Abogados y Procuradores.
COSTAS. ESTADO. REGULACIÓN DE HONORARIOS
Si el Estado como persona jurídica debe litigar con un particular, lo debe hacer en igualdad de condiciones, y el hecho de resultar perdidoso, mal puede constituir una razón para reducir las costas del juicio en detrimentito del derecho de los profesionales intervinientes a percibir la retribución que por ley les es debida.
*Nota: Si desea acceder al texto de la resolución, consulte la Base de Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia en www.pj.gov.py/jurisprudencia. Es de acceso libre y gratuito, sin usuario ni contraseña.
Elaborado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Corte Suprema de Justicia