21 DE OCTUBRE DE 2016
Jurisprudencia destacada
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. ACUERDO Y SENTENCIA N° 758 DEL 14/06/2016
Prescripción en el proceso penal
- La prescripción es la concreción del derecho fundamental a obtener un pronunciamiento definitorio en un "plazo razonable", derivada también del principio de inocencia.
- La prescripción de la acción penal se basa fundamentalmente en razones de política criminal; el derecho a un proceso en plazo razonable obedece a la articulación de un mecanismo necesario para que una decisión ponga fin a la situación de incertidumbre que genera la indefinición.
- La prescripción es materia de la ley de fondo y no atiende al interés de la víctima o el Ministerio Público.
- La prescripción de la acción penal se ve afectada por causales de suspensión y de interrupción; el proceso en plazo razonable tiene como parámetros de evaluación la complejidad, la actividad del Tribunal y el comportamiento del acusado.
- El plazo de duración del proceso no puede superar el marco de prescripción (artículo 138 del CPP) y, por otro, la prescripción se interrumpe o se suspende por actos de procedimiento o por la imposibilidad de la actividad de persecución penal (artículos 103 y 104 del CP). Pero en ningún caso y bajo ningún concepto ese límite se puede convertir en un premio al imputado que ha obstaculizado el desarrollo de la persecución penal.
- La duración razonable del proceso es una garantía que integra la dignidad de la persona humana, el derecho de defensa, el principio de inocencia y el objetivo de afianzar la justicia, entre otros, llamados derechos bilaterales porque amparan tanto al imputado como al derecho de la víctima a una tutela judicial efectiva, con lo cual está reglamentada en parte en los plazos establecidos en los códigos procesales penales y otras leyes.
*Nota: Si desea acceder al texto de la resolución, consulte la Base de Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia en www.csj.gov.py/jurisprudencia. Es de acceso libre y gratuito, sin usuario ni contraseña.
Elaborado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Corte Suprema de Justicia