07 DE OCTUBRE DE 2016
Jurisprudencia destacada
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA PENAL: Materia administrativa. ACUERDO Y SENTENCIA N° 742 del 16/06/16
FUNCIONARIO PÚBLICO. Cargo de confianza. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Síndico.
El cargo de sindico de la Contraloría General de la República no corresponde a los mencionados "cargos de confianza", ya que el mismo no se encuentra calificado como tal en la ley correspondiente, por lo que se puede afirmar, sin lugar a dudas que el mismo no puede ser removido por la simple voluntad de la autoridad competente.
FUNCIONARIO PÚBLICO. Estabilidad. Antigüedad
Cuando el síndico de la Contraloría General de la República, tiene una antigüedad de más de 2 años, por lo que se puede afirmar que el mismo gozaba de estabilidad, correspondiendo por tanto la instrucción de sumario administrativo previo, a los efectos de su desvinculación.
FUNCIONARIO PÚBLICO. Cargo de confianza.
Los denominados "cargos de confianza" se caracterizan por estar sujetos a libre disposición de la autoridad competente, debiendo estar enumerado taxativamente en la ley a los efectos de ser considerados como tales.
FUNCIONARIO PÚBLICO. Reposición en el cargo. Pago de salarios caídos.
Corresponde, en el caso de reposición en el cargo al funcionario público, disponer en concepto de salarios caídos, el pago equivalente a doce meses de salario, fijado de conformidad a lo dispuesto por el Art. 82 del Código del Trabajo, en razón al criterio de equidad para las partes, debido a que no pueden cargarse sobre las arcas del estado las consecuencias del largo proceso, pero tampoco puede dejarse sin respuesta a quien haya sido apartado de su cargo de manera irregular.
Jurisprudencia vinculada: CSJ, A. S. N° 248 del 18/05/00; A. S. N° 821 del 10/05/04; A. S. N° 811 del 30/08/06, A.S. N° 1421 del 14/12/06, A.S. N° 1477 del 30/11/06; A.S. N° 261 del 30/05/11, A. S. N° 85 del 6/03/14, A.I. N° 7/03/07.
*Nota: Si desea acceder al texto de la resolución, consulte la Base de Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia en www.csj.gov.py/jurisprudencia. Es de acceso libre y gratuito, sin usuario ni contraseña.
Elaborado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Corte Suprema de Justicia