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06 DE MAYO DE 2016

Jurisprudencia destacada

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA CIVIL Y COMERCIAL. ACUERDO Y SENTENCIA N° 71 del 25/02/2016

MANDATO. Revocación del mandato.

En principio todo mandato resulta revocable, salvo en aquellos en los cuales las partes pactan, es decir, convienen, o establecen expresamente la irrevocabilidad, extremo que se materializa en la cláusula de irrevocabilidad incluida en el pertinente testimonio del poder o instrumento que plasma las competencias, funciones y alcances del mandato conferido por .el mandante al mandatario, en observancia del art. 916 del Código Civil.

MANDATO. Irrevocabilidad del mandato

Se prohíbe revocar el mandato que fue otorgado como irrevocable, pero se permite revocarlo cuando concurre,' y se prueba, "una justa causa". Si el mandato otorgado como irrevocable es revocado sin justa causa y ello genera consecuencias dañosas al mandatario, entonces se desata la secuencia indemnizatoria a cargo del mandante de responder daños provocados por la revocatoria del mandato irrevocable, teniendo en cuenta el art. 916 del Código Civil.

MANDATO. Irrevocabilidad del mandato. DAÑOS Y PERJUICIOS. Indemnización de daños y perjuicios

Resulta claro e incontrovertible que, independientemente de que la revocatoria del mandato irrevocable lo haya sido con causa o sin causa justificada, lo que esencialmente determina la obligación del mandante de resarcir o indemnizar al mandatario por la revocatoria es la existencia de los daños o perjuicios que el mismo ha sufrido como consecuencia de aquella. Si no existen daños o perjuicios que se deriven directamente de la revocatoria del mandato irrevocable, la pretensión resarcitoria no puede prosperar, aunque la revocatoria lo haya sido injustificadamente.

*Nota: Si desea acceder al texto de la resolución, consulte la Base de Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia en  www.csj.gov.py/jurisprudencia. Es de acceso libre y gratuito, sin usuario ni contraseña.

Elaborado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Corte Suprema de Justicia

 

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