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24 DE ABRIL DE 2015

Dirección de Mediación brinda servicios gratuitos

La Dirección de Mediación de la Corte Suprema de Justicia recuerda a toda la ciudadanía dispone de los servicios gratuitos de resolución alternativa de conflictos para casos de los fueros Civil y Comercial, Niñez y Adolescencia, Penal, Laboral y Derechos Intelectuales. El objetivo de este tipo de asistencia es contribuir al mejoramiento de la administración de justicia y permitir a los ciudadanos resolver sus conflictos y llegar a acuerdos mutuamente aceptables a través de la colaboración de un tercero neutral capacitado para la tarea.

El servicio de Mediación se caracteriza por ser Voluntario, ya que las partes deben expresar su consentimiento para iniciar el procedimiento de mediación y permanecer en él; Confidencial, ya que todas las informaciones y expresiones vertidas en el contexto de una audiencia de mediación quedan protegidas al amparo de la confidencialidad; Flexible al no estar sujeto a parámetros rígidos, el procedimiento de mediación permite a las partes administrar el conflicto de forma más sencilla, creativa y cooperativa; y Gratuito ya que no tiene costos para las partes, solo se deben cubrir los gastos que generan las notificaciones cuando las mismas sean realizadas por el ujier.

Se puede acceder a este servicio de manera Judicial y Extrajudicial. En la primera, se pueden derivar a la Dirección de Mediación los casos a los juzgados de los diferentes fueros. Los mismos emiten Oficio, A.I., Nota o Providencia solicitando el servicio de mediación; el cual, una vez remitido a la mencionada dependencia se lleva a cabo a instancia de las partes, las que deberán acudir a las audiencias acompañadas de sus respectivos abogados. La mediación puede celebrarse antes, o durante el proceso judicial, pero hasta antes de dictarse la providencia que llame autos para sentencia. Si una de las partes considera que el conflicto es apto para ser mediado puede convenir con la otra parte la suspensión del procedimiento judicial y acudir al servicio de mediación judicial.

En cuanto a la Mediación Extrajudicial, el interesado puede solicitar el servicio de mediación por sí mismo, en compañía de un abogado o a través del Ministerio de la Defensa Pública, Ministerio Público o CODENI en su caso, en las distintas oficinas que conforman la Dirección de Mediación en todas las circunscripciones judiciales del país. Es requisito al solicitar el servicio de mediación presentar fotocopia del documento de identidad del solicitante.

Para mayor información, se puede comunicar a los teléfonos 021 480 860, internos 2690, 2876 de la Dirección de Mediación o al correo electrónico sm@pj.gov.py
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