22 DE AGOSTO DE 2014
Trámites para la inscripción de vehículos y motocicletas
La Corte Suprema de Justicia informa a la ciudadanía que para acceder a la matriculación e inscripción de automotores, motocicletas y afines, los requisitos se encuentran en la Ley 5.236/14, que modifica los artículos 1º, 9° y 12° de la Ley 608/95, "Que crea el Sistema de Matriculación y la Cédula del Automotor", y su modificatoria, la Ley N° 1.685/01.
Para la matriculación e inscripción de automotores, el vendedor tiene hasta un plazo de 20 días para formalizar la escritura pública. El comprador ya puede realizar la verificación física durante este período. Los documentos a presentar son:
- Matriculación.
- Escritura original, más dos fotocopias autenticadas del mismo.
- Dos fotocopias autenticadas del Certificado de Nacionalización.
- Certificado de Verificación, expedido por la planta verificadora.
- Carátula Rogatoria. Descargue aquí
- Minuta. Descargue aquí
*Estos trámites son realizados ante escribano público.
Requisitos para la matriculación e inscripción de motocicletas y afines
Requisitos para la matriculación e inscripción de motocicletas y afines
En este caso, el vendedor tiene hasta un plazo de 20 días para expedir el certificado de producción y venta o importación. El comprador ya puede realizar la verificación física durante este periodo.
Documentos a presentar en el Registro del Automotor: motocicletas vendidas hasta el 30 de setiembre de 2013:
- Certificado de Fabricación Nacional original, con certificación de firmas, acompañado además de dos fotocopias autenticadas del mismo.
- Certificado de Venta original, con certificación de firmas, acompañado de dos fotocopias autenticadas del mismo.
- En caso de ventas sucesivas, certificado de venta original con certificación de firma o contrato privado original con certificación de firma o factura comercial original y de cada uno dos copias autenticadas.
- Dos fotocopias autenticadas de la Cédula de Identidad del titular.
- Certificado de Verificación, expedido por la planta verificadora.
- Carátula Rogatoria. Descargue aquí
- Minuta para Moto. Descargué aquí
Motocicletas vendidas a partir del 1 de octubre de 2013:
- Formulario F-21 original, más dos fotocopias autenticadas del mismo.
- En caso de ventas sucesivas, certificado de venta original con certificación de firma o contrato privado original con certificación de firma o factura comercial original y de cada uno dos copias autenticadas.
- Dos fotocopias autenticadas de la cédula de identidad del titular.
- Certificado de verificación, expedido por la planta verificadora.
- Carátula Rogatoria.
- Minuta para moto.