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Corte Suprema de Justicia

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Sala Penal

Sala Penal

Está integrada por los ministro: Luis María Benítez Riera, la ministra María Carolina Llanes Ocampos, y el ministro Manuel Dejesús Ramírez Candia.

La Sala Penal de la máxima instancia judicial cuenta con dos secretarías, la Secretaría Judicial 3 y la Secretaría Judicial 4. Las mismas entenderán en la tramitación de los expedientes provenientes de todo el país.

Según la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia en su artículo 15, son deberes y atribuciones de la Sala Penal los siguientes:

a) Conocer y decidir las cuestiones de naturaleza penal, correccional y tutelar del menor que sean recurribles por ante la tercera instancia, conforme con las disposiciones de las leyes procesales;

b) Revisar las resoluciones dictadas por las salas del Tribunal de Cuentas;

c) Supervisar los institutos de detención y reclusión, sin perjuicio de la competencia de la Corte en pleno;

d) Conocer y decidir sobre los pedidos de extradición, por vía de revisión en los casos previstos en la legislación penal.

e) Elevar dictamen al plano de la Corte para que ésta informe al Poder Ejecutivo sobre los casos previstos en el Artículo 238, inciso 10 de la Constitución.

f) Conocer y decidir de las sentencias de los Tribunaes de Apelación que impongan penas de penitenciaría de quince o más años, las que causarán ejecutoria son el pronuniamiento de esta sala.

g) Conocer y resolver, en instancia original, los hábeas corpus, sin perjuicio de la competencia de otros jueces. 

Fuente: Ley 609.- Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.