La Corte IDH trató los casos:
“Comunidad Garífuna Punta Piedra y sus miembros vs. Honduras”
El primer caso de la comunidad Garífuna se refiere a la presunta responsabilidad internacional del Estado hondureño por la violación del derecho a la propiedad de la Comunidad Garífuna Punta Piedra y sus miembros, como consecuencia del incumplimiento del deber de garantía frente a la invasión por parte de personas no indígenas en las tierras que le pertenecen a la comunidad y que posteriormente fue reconocido por el Estado mediante el otorgamiento de títulos de dominio pleno. Dicha titulación fue efectuada sin un proceso de saneamiento adecuado que dejará fuera a los no indígenas que invadieron las tierras de la comunidad, especialmente en Río Miel y el área de bosques. Esta situación ha generado que la Comunidad Garífuna Punta Piedra pueda ejercer la tenencia efectiva únicamente de la mitad del territorio titulado por el Estado, con los consecuentes perjuicios a su forma de vida, medios de subsistencia, cultura, usos y costumbres tradicionales. Además, la continuidad de la ocupación por parte de personas no indígenas ha generado una situación de conflictividad que ha redundado en amenazas, hostigamientos e incluso la muerte de un miembro de la Comunidad Garífuna Punta Piedra.
“Wong Ho Wing vs. Perú”
El segundo caso tratado es el del ciudadano chino Wong Ho Wing vs. Perú que está relacionado a una secuencia de supuestas violaciones a los derechos humanos, desde el momento de su detención en Perú el 27 de octubre de 2008, en el marco del proceso de extradición, hasta la fecha de hoy.
En su informe de fondo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos concluyó que el Sr. Wong Ho Wing ha sido y continúa siendo sometido a una privación arbitraria y excesiva de libertad, la cual no se encuentra sustentada en fines procesales y que se ha extendido por más de cinco años bajo la figura de “arresto provisorio”, sin que se haya efectuado una determinación final sobre su situación jurídica.