GLOSARIO UNIDAD 2
B
Bienes y servicios públicos: Hacienda, riqueza, caudal; der., bienes comunales o concejiles, los que pertenecen al común o concejo del pueblo.
C
Calidad de vida: Se entiende por calidad de vida las condiciones normativas y materiales necesarias para la configuración de una vida humana. Además de su significación económica esta idea tiene también una significación ecológica, sociopolítica y ética. La calidad de vida se compone de elementos diferenciados: en condiciones materiales de la vida humana y de normas morales de realización individual. La calidad de vida es un imperativo social dotado de significación ética: define las normas fundamentales de la vida social a las cuales puede remitir cada cual las normas de su acción. La realización de las normas individuales debe encontrar apoyo en las normas sociales, pero no su contenido. En la jerarquía de los valores sociales, en el sentido del bien común, la calidad de vida, establece el postulado de que el orden de los bienes reales disponibles debe ponerse al servicio del orden social y humano, y no a la inversa.
Conflicto de intereses: En términos generales, los conflictos de interés son situaciones en las cuales la equidad y la imparcialidad requerida para la decisión pública se han perdido. En términos concretos, existe un conflicto de interés cuando un funcionario público obtiene un beneficio de manera ilegítima como resultado de una decisión que ha tomado en función de su cargo o competencias.
Según el Código Internacional de Conducta para los Titulares de Cargos Públicos de las Naciones Unidas (que figura en el Anexo de la Resolución Nº 51/59 de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 12 de diciembre de 1996 y a cuya remisión expresamente refiere el Artículo 8, numeral 3, de la Convención de las
Naciones Unidas contra la Corrupción), “…Los titulares de cargos públicos no utilizarán su autoridad oficial para favorecer indebidamente intereses personales o económicos propios o de sus familias. No intervendrán en ninguna operación, no ocuparán ningún cargo o función ni tendrán ningún interés económico, comercial o semejante que sea incompatible con su cargo, funciones u obligaciones o con el ejercicio de éstas.”
Los “conflictos de intereses” deben ser distinguidos de otras cuestiones relativas a los cargos públicos. El principal foco de confusión se presenta entre los conflictos de interés y las denominadas incompatibilidades.
Corrupción: Etimología. La palabra corrupción proviene del latín y según su significado etimológico significa acción o efecto de corromper o corromperse, alterar o trastocar la forma de una cosa, viciar las costumbres, sobornar.
“corrupción consiste en la trasgresión o desviación de las normas o del mandato institucional de manera intencional para obtener beneficios personales o de terceros, a través de transacciones clandestinas extra institucionales, individuales o colectivas.
Estas desviaciones conllevan un acto de “deslealtad” hacia el fin del Estado de buscar el bien común, distorsionando sus funciones y obstaculizando el ingreso de recursos institucionales, así como el desarrollo de los proyectos”
Clientelismo m. Tendencia a favorecer, sin la debida justificación, a determinadas personas, organizaciones, partidos políticos, etc., para lograr su apoyo.
D
Democracia : (gr., gobierno del pueblo) Designa no solo una determinada forma de Estado, sino en general una forma de vida sociopolítica. Como régimen político la democracia es un sistema de dominación cuyo poder emana del pueblo (soberanía popular), en el que la voluntad general (y no la suma de voluntades individuales) representadas directamente en asambleas o indirectamente en la democracia representativa se ejecuta mediante el gobierno y la administración de la justicia.
En Grecia, en el 500 a.C., la gente vivía en pequeñas ciudades llamadas |polis, y los ciudadanos de éstas eran llamados |demos (pueblo); así surgió el nombre de democracia, que significa gobierno del pueblo; donde los ciudadanos podían opinar acerca de las leyes, normas y reformas.
En la actualidad, la gran mayoría de países en el mundo son democráticos, y estructuran sus formas de gobierno en principios establecidos durante la Revolución Francesa, tales como:
· Igualdad: Todos los hombres son iguales ante la ley sin importar su color de piel, sexo, religión o condición social.
· Libertad: Todos los ciudadanos pueden hacer aquello que no les prohíba la ley.
· Constitución: Conjunto de leyes que sean aplicables a todos los ciudadanos de un Estado.
· Representatividad: Los ciudadanos tienen derecho a elegir y ser elegidos; el voto es el mecanismo que permite la representación de todos los ciudadanos en cabeza de unos pocos para que se puedan hacer cargo del gobierno.
En el siglo XIX, la democracia fue entendida específicamente como la designación de los gobernantes por medio del sufragio; pero la democracia es más que eso: es la participación de la ciudadanía en el poder, pues entre más alta sea la participación de los ciudadanos en un país se puede decir que es más alto el grado de democracia en éste.
Para que haya una democracia verdadera, se necesita de una confrontación de ideas, que haya oposición; en la mayoría de los países esta oposición y confrontación ideológica tiene en los partidos políticos y movimientos sociales a sus representantes: "La democracia no acaba con la dominación política, pero intenta controlarla mediante la división de los poderes, la vigencia de los derechos humanos, el derecho a la oposición y la oportunidad de una oposición de ser gobierno"
Derechos Humanos: La noción de derechos humanos, como hoy los concebimos, es históricamente reciente. De hecho, su instalación en el centro mismo del discurso político moderno encuentra su origen en la rebelión europea contra el absolutismo y por la extensión de la democracia liberal en el siglo XVIII; y su difusión universal ocurre recientemente como consecuencia de la segunda guerra mundial y la derrota del nazismo.
La rebelión contra el absolutismo fue un movimiento de clases medias y masas pobres urbanas que sintetizó dos poderosas motivaciones potencialmente contradictorias: de una parte la afirmación de la "la libertad de los modernos" frente a un estado que ahogaba la iniciativa individual; de otra, la insatisfacción frente a una autoridad central que ignoraba las obligaciones de protección otrora cumplidas por el señorío feudal al que había reemplazado. La exigencia de un orden político que garantizaba copulativamente la libre iniciativa y la protección social de los ciudadanos es, pues, una marca de origen de la noción de derechos humanos.
Los primeros instrumentos que dan cuenta de ello datan de fines de siglo XVIII. La declaración de la Independencia de los Estados Unidos del 4 de julio de 1776 y la Declaración - francesa- de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de Agosto de 1789 son sus primeras fuentes formales.
En tanto noción antagonista del poder absoluto, la idea de derechos propios del ser humano (y su metáfora más recurrente, la de la sociedad pre-política) alude a los límites de la acción del estado o, más precisamente dicho, a sus deberes de omisión: para garantizar el cumplimiento de los derechos que las personas "ya tenían" antes de su establecimiento, el Estado debe abstenerse de intervenir en determinadas materias que son de exclusiva soberanía de las personas.
Es así como los derechos humanos aparecen en un primer momento, como limitaciones al poder de la autoridad pública y se traducen, por lo mismo, en el compromiso de esta de no intervenir en ciertos determinados ámbitos de la vida y actividad de sus ciudadanos. Se trata en esta primera etapa de verdaderos derechos de autonomía, como son por ejemplo el derecho de la inviolabilidad del domicilio y el no ser detenido o privado arbitrariamente de su libertad
En un segundo momento los derechos humanos evolucionan desde una concepción defensista, -como una limitación al poder de los gobernantes sobre los gobernados -, a una concepción participativa. Es decir, los derechos humanos de los individuos no se agotan en el establecimiento de límites al ejercicio y su generación. Surgen en consecuencia los derechos políticos, como derechos de participación, como son por ejemplo, el derecho al sufragio, elegir y ser elegido para cargos de representación popular.
El correlato de esta afirmación es el reconocimiento del poder de las personas para controlar la efectiva abstención del estado en ciertas materias, mediante el ejercicio activo de su influencia sobre la toma de decisiones públicas: los derechos civiles y políticos. Se deriva de ellos que la violación de los derechos civiles y políticos es siempre el resultado de una acción transgresora al mandato de omisión, realizada por uno o más funcionarios oficiales en uso abusivo del poder.
Finalmente, en un tercer momento de esta evolución surgen una nueva categoría de derechos - los económicos, sociales y culturales. Estos derechos no limitan ni permiten participar del poder, sino que se presentan como demandas o exigencias a las que se debe someter la autoridad en la orientación y el contenido de las decisiones de gobierno. Son derechos que responden a los valores de la igualdad y la solidaridad. También aquí asume gran importancia el principio de no-discriminación.
"La razón de ser de los derechos sociales como a la educación, el derecho al trabajo, el derecho a la salud, es una razón igualitaria. Los tres tienden a hacer menos grande la desigualdad entre quienes tienen y quienes no tienen, o a poner un número de individuos siempre mayor en condiciones de ser menos desiguales respecto a individuos más afortunados por nacimiento o condición social".
Resulta obvio deducir que el concepto de igualdad es relativo, por lo menos en cuanto a ciertas variables, a saber: los sujetos entre los cuales nos proponemos repartir los bienes o los gravámenes; los bienes o gravámenes a repartir; y el criterio por el cual repartir.
Tanto los derechos civiles y políticos como los DESC son derechos de las personas respecto del estado, y, más allá, son derechos, es decir, protecciones de los débiles respecto a la violencia potencial de los más poderosos ya sean del ámbito público o del ámbito privado, y en consecuencia el estado democrático resulta el mejor escenario en el cual es posible realizarlos.
Más allá de los textos fundacionales, la relación entre derechos civiles y políticos y los derechos económicos, sociales y culturales arrancan su actual universalidad de la creación de las Naciones Unidas.
Posteriormente, en la declaración Universal de los Derechos Humanos las cuestiones económicas y sociales también fueron incorporadas. En su Preámbulo se reitera el compromiso de "promover el progreso social y… elevar el nivel de vida dentro de un concepto mas amplio de la libertad", y en su artículo 22 reconoce definitivamente el derecho de toda persona a "obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad".
Más adelante, un paso decisivo en la consideración de las cuestiones sociales y económicas con derechos humanos lo constituyó la aprobación por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas de los Pactos sobre derechos Humanos: el pacto de derechos Civiles y Políticos y su protocolo Facultativo y el pacto de derechos Económicos, Sociales y Culturales.
El hecho de no poseer indicadores específicos para la medición de los DESC, hace que la realización de un diagnóstico respecto a su cumplimiento en la región deba asimilarse en general a los temas de la equidad en relación con los derechos económicos y sociales, y a los de la integración social en el ámbito de los derechos culturales.
En consecuencia, los indicadores socio-económicos tradicionales nos pueden entregar solo una visión parcial, concentrándose en aquéllos aspectos fuertemente relacionados con lo que podría denominarse derecho a la subsistencia: los derechos al trabajo, a la seguridad social, a la salud, a la alimentación, a la educación, al mantenimiento de un nivel de vida adecuado y a una vivienda adecuada.
E
Errores administrativos: según estudios teóricos, estos constituyen la falta de formación que lleva a tomar la decisión equivocada, tampoco contienen el elemento de manipulación para obtener un beneficio. NIETO, FRANCISCO. Desmitificando la corrupción en América Latina, en revista Nueva Sociedad, Nov-Dic 2004 numero 194
Estado: El Estado es las organización de personas que habitan un determinado territorio y buscan el bien común.
Estado de derecho: fórmula relativamente reciente en el Derecho Constitucional, con la que se quiere significar que la organización política de la vida social, el Estado, debe estar sujeta a procedimientos regulados por ley. El concepto de Estado de Derecho culmina una larga evolución histórica cuyos inicios se pueden situar en los orígenes mismos del Estado constitucional. Es el resultado final de la suma de una serie de elementos que han surgido en un proceso de lucha y que han supuesto la ampliación de su base material. Tres momentos fundamentales se pueden distinguir en su formulación hasta alcanzar el sentido que tiene en la actualidad.
En el primer momento se luchó para que el Estado, personificado en el monarca y en las instituciones en que se fundamenta (burocracia, ejército y aristocracia), se sometiera en el ejercicio del poder a formas jurídicas bien establecidas, reglas generales, dadas con el consentimiento de la representación de la sociedad (en el Parlamento), discutidas y públicas. En esta primera acepción supuso ya el reconocimiento de los derechos fundamentales de los ciudadanos: libertad civil, igualdad jurídica, independencia del poder judicial y garantía de la propiedad. En un segundo momento, el Estado de Derecho implicó también la extensión del control judicial a la actividad administrativa. A finales del siglo XIX se produjo un fuerte debate en torno a esta cuestión, que cristalizó con el desarrollo de la administración contencioso-administrativa, encaminada a romper la impunidad del Estado ante sus propias acciones. El tercer momento se inició después de la I Guerra Mundial. El concepto de Estado de Derecho pasó a incluir la legitimación democrática del poder del Estado, que también tiene que estar sometido a norma jurídica.
Por tanto, el Estado de Derecho supone el reconocimiento de los derechos personales (imperio de la ley), la responsabilidad del Estado y la legitimación democrática del mismo.
Especulación: Actividad mediante la cual un agente se apropia de un bien con el fin de obtener ganancias inciertas al vender el mismo bien en un período posterior.
F
Fraude: (lat.) m. Engaño que se hace a uno para procurarse una ventaja en detrimento de él: en ~ de acreedores, acto del deudor que deja al acreedor sin medios de cobrar lo que se le debe.
2 der. Acción encaminada a eludir cualquier disposición legal, ya sea esta fiscal, penal o civil, siempre que con ello se produzca perjuicio contra el Estado o contra terceros: ~ fiscal, der., el cometido con el fin de impedir la normal aplicación de las leyes tributarias.
SIN. 1 v. Mentira.
G
GOBERNABILIDAD/INGOBERNABILIDAD: Con la expresión gobernabilidad -que es un imperativo y una exigencia de las sociedades industriales- se alude al control político e institucional del cambio social, indicando la posibilidad de orientar los procesos e intervenir sobre las variables, de programar objetivos y prever resultados, en fin, de garantizar coherencia interna a todo proceso social en vías de transformación. Se produce a su vez una situación de ingobernabilidad en circunstancias en que las variables decisivas escapan al control del GOBIERNO y los objetivos perseguidos quedan relegados por consecuencias indeseables, sin que se pueda actuar eficazmente sobre éstas; en suma, cuando la función de gobierno de la sociedad resulta prisionera de los mecanismos o de las fuerzas que pretende gobernar.
La problemática de la crisis de gobernabilidad y la utilización del término ingobernabilidad entraron en auge en las ciencias políticas a mediados de la década del 70, en oportunidad en que éstas se abocaron con insistencias a reflexionar sobre la crisis del Estado social. Los diagnósticos de esta crisis difieren según que sea lo que se enfatice como causa de la misma.
Las teorías neoconservadoras sobre la crisis de gobernabilidad sostienen que la ingobernabilidad proviene de la desproporción entre las expectativas siempre crecientes que emanan de la sociedad civil y la capacidad que tiene el sistema político para satisfacerlas. Tal exceso de expectativas se presenta como causa y efecto de una desmesurada expansión y complejidad de las tareas de Estado, hasta alcanzar una presencia totalizadora y sofocante. Se genera entonces una especie de círculo vicioso, en el cual la amplitud de las tareas estatales de origen a expectativas cada vez mayores, las que a su vez exigen nuevas tareas del Estado, hasta que su accionar conjunto produce una reducción de respuestas, y por ende una sobrecarga. Un inconveniente que, en opinión de Bobbio, está íntimamente vinculado con la democracia, de la que puede considerarse un "efecto perverso", pues el régimen democrático es el que permite, y hasta requiere, la presentación de demandas por parte de los ciudadanos y de los grupos. Esta disparidad entre el volumen de las exigencias y la rigidez de la oferta generaría frustraciones y pérdida de confianza, y en consecuencia una crisis de los partidos, que verían reducida su capacidad de filtrar las demandas sociales. Se produciría así una polarización en el sistema de partidos, y por tanto una maximación y re-ideologización de la praxis de oposición, dinámica ésta que pondría en crisis los soportes del Estado social y afectaría irreversiblemente el nexo Estado-sociedad-partidos, dentro de cuyo marco surgieron las grandes estrategias de reforma y de expansión democráticas.
En opinión de Offe, el paradigma neoconservador carece de posibilidades para producir una verdadera teoría, en la medida en que le falta el momento de la explicación de las causas que, en su opinión, deberían buscarse en el carácter particular de la mercancía fuerza de trabajo y las tentativas de reestructurarlo y gobernarlo. La ingobernabilidad se explicaría así por la imposibilidad de mantener unidas las dos caras de la integración social, por un lado, y la integración en el sistema, por el otro.
De cualquier manera, como afirma Donolo, es indudable que la crisis de gobernabilidad es una crisis de segundo grado, en el sentido de que nace sobre el terreno producido por las tentativas de solucionar las crisis de primer grado (crisis económica más crisis de integración de las masas).
La crisis de gobernabilidad surge entonces de la dificultad intrínseca de conjugar acumulación y consenso. Si los diagnósticos son distintos también lo son las posibles soluciones, las cuales se presentan: 1) como estrategia de reducción de las demandas, y por ende como necesidad de gobierno, o bien 2) como estrategias de incremento de la capacidad de gobierno político. En el primer caso -se trata de las teorías neoconservadoras-, ante el diagnóstico de una situación de crecientes expectativas, sobre dimensionamiento del Estado, ineficiencia cada vez mayor, insuficiencia de recursos y en consecuencia crisis del Estado, proponen un retorno al mercado y a su "orden espontáneo", reducción de las expectativas, de las demandas y de su politización, y una limitación de las tareas del Estado. Se pretende pues, como única solución, reducir enérgicamente los problemas, despolitizarlos y disminuir las tareas y las funciones del Estado hasta convertirlo en un "Estado mínimo".
A las concepciones de derecha se contraponen aquellas que, reconociendo los problemas y su presión, se oponen al retorno al mencionado orden espontáneo y postulan un orden regulado, con un Estado con renovada capacidad de gobierno en la búsqueda de la realización del interés general. Esta estrategia de gobierno político ofrece variantes, según se acentúe como vía de salida la racionalización y modernización del Estado y una planificación que sea capaz de prever los problemas, o bien se enfatice la preocupación por el problema de la capacidad de integración y de cohesión del sistema de organización de los intereses -proponiendo como salida un mayor entendimiento de las grandes organizaciones de los intereses a través de concertaciones, pactos sociales, nuevas formas de contrato social, etc.; por último están aquellas concepciones de izquierda que, identificando las causas de la crisis de gobernabilidad- más que en las restricciones internas del sistema político (su capacidad de planificación y de cohesión)- en las restricciones externas, en especial en la estructura económica y en las relaciones del poder capitalistas, afirman que esta situación sólo puede ser modificada con una politización y una movilización política de los intereses afectados hasta transformar al sistema en su base política y lograr un gobierno político y una planificación que, inspirados en los intereses generales, estén orientados hacia la transformación y las reformas: en síntesis, democracia más planificación como forma de poner bajo control y/ o rever las restricciones externas a los efectos de encontrar una salida a la crisis.
En la mayor parte de los casos el problema de la ingobernabilidad ha sido dramatizado por las concepciones liberal-conservadoras, preocupadas por supuestas consecuencias de la crisis del sistema y por imponer sus propios programas políticos. Sin embargo, esta temática también ha sido tomada, como vimos, por las concepciones reformadoras y democráticas, siempre propensas a considerar la crisis como catástrofe o como ocasión histórica. Rusconi, por el contrario, se pregunta qué pasaría si se partiera de la hipótesis de que la crisis de legitimación, las patologías vitales, no son factores de deterioro sino nudos fisiológicos del sistema. Muchos de los análisis del sistema seguirían siendo válidos en sus términos factuales, afirma, pero se verían arrancados del terreno teórico en el cual se fundan. Ya no estaría en juego, concluye, el contraste entre racionalidad ético-práctica y racionalidad técnico-administrativa; se estaría entonces nuevamente ante la tarea de redefinir el vínculo entre sistema y mundo vital, y sería preciso volver a comenzar.
Donolo, a su vez afirma que es verdad, como sostienen los análisis marxistas, que la ingobernabilidad está implícita en la dependencia del Estado (su autonomía relativa) respecto de los resultados de un proceso (el de acumulación) sustraído a su intervención, y que la ingobernabilidad se produce como problema político, esto es como crisis del sistema y de las formas de la política, sólo cuando la lucha de clases da lugar a una situación de equilibrio inestable de las fuerzas. Esto es verdad, dice, pero "hoy ya no bastan estas verdades siempre verdaderas". En la actualidad existe un problema específico de la ingobernabilidad: ella es inmanente al proceso político y a la socialización de la política. Es cierto además que la ingobernabilidad es un problema de agregación de los intereses y de consenso, pero también es un problema de eficacia del proceso decisional. Por eso no es sólo una cuestión de fórmulas políticas, sino también de condiciones de uso de fórmulas políticas, sino también de condiciones de uso de los saberes políticos.
I
Integridad: La integridad es un concepto compuesto que comprende de manera intrínseca, elementos como la transparencia, y la responsabilidad. Este concepto es relativo al Estado Social de Derecho y al sistema democrático, razón por la cual, las bases institucionales del Sistema Nacional de Integridad parten de la propia Constitución.
La integridad debe ser instalada, desarrollada y controlada al interior de las organizaciones. Por ello comprende la idea de un “sistema”
Esta perspectiva parte de una visión sistémica del problema de la corrupción y aporta herramientas concretas que permiten a las instituciones públicas y privadas efectivizar su desempeño y controlar y trasparentar las acciones para evitar hechos que corrompan los fines del Estado.
Incompatibilidades: son aquellas situaciones que se verifican con motivo de la existencia de más de un empleo por parte del funcionario público. A diferencia de los conflictos de interés, en los cuales se busca preservar la equidad y la imparcialidad de la función pública, mediante la regulación de las incompatibilidades se busca evitar que la multiplicidad de empleos incida en la efectividad de quienes tienen un cargo público.
La regulación de incompatibilidades apunta a impedir que los funcionarios públicos incurran en situaciones en las cuales al existir más de un empleo no cumplan adecuadamente con las funciones que les han sido asignadas.
Las incompatibilidades pueden producirse por múltiple empleo en el sector público, así como en el sector público y privado. Una situación de incompatibilidad no necesariamente genera una situación de conflictos de interés. En un trabajo específico sobre la cuestión de las incompatibilidades se señala que “deben estar justificadas por razones de buen servicio: dedicación total a las funciones públicas; imposibilidad material de ejercer éstas simultáneamente con otras actividades”. El mismo trabajo indica que una incompatibilidad es el “impedimento legal para el ejercicio simultáneo de dos o más cargos”.
N
Nación: Cuando alguna persona se quiere referir al entorno que nos rodea, muchas veces utiliza el término equivocado sin saberlo, pues no es lo mismo decir nación que decir Estado Para poder entender el significado de nación, es necesario compararlo y describirlo de una forma sencilla y clara:
La nación esta conformada por sus habitantes, por las costumbres y hábitos de dichos habitantes, y por un territorio. Todos estos conceptos son las piezas que le dan forma a la idea de nación. O dicho de otra manera: la nación es un grupo de habitantes que, en un mismo territorio y regidos por un mismo gobierno, forman un país en donde esos habitantes se caracterizan por tener unas mismas costumbres y hábitos, y que generalmente hablan el mismo idioma.
Esta definición, sin embargo, es problemática, pues son muy pocos los países del mundo en donde pueden darse tales condiciones, ello debido a que en prácticamente todos los territorios conviven diferentes pueblos, razas, credos y lenguas, lo que hace que la definición de una nación sea un asunto complejo que no siempre logra ser resuelto de manera pacífica. Lo importante es tener claro que, en el caso de Colombia, así no se hable el mismo idioma y las tradiciones sean diferentes, todos los habitantes que se encuentren dentro del territorio colombiano reciben el título de colombianos y son miembros de la misma nación.
Por eso es importante saber diferenciar entre Estado y nación, primero porque el concepto de nación incluye a la sociedad y sus finalidades; es decir, el desarrollo de una cultura común y la realización personal de los habitantes dentro de una sociedad, mientras que la noción de Estado esta más enfocada hacia todo lo que tiene que ver con la definición de los parámetros jurídicos que guían al país nacional, lo que demuestra que, aunque son diferentes, los conceptos de Estado y nación son complementarios e incluyentes.
Negligencias: según estudios teóricos, la negligencia es básicamente la falta de la debida diligencia y se diferencia de las conductas dolosas precisamente porque no está presente la intención o la conducta deliberada. (PNI 15)
Nepotismo: m. Favoritismo para con los parientes o protegidos: el ~ de los papas del Renacimiento.
SIN. Sobrinazgo.
Nepotismo (o trato de favor), práctica de realizar nombramientos de cargos públicos y proporcionar empleo dentro de la administración a partir de la afiliación política o la relación personal y familiar antes que por la aplicación de un criterio de idoneidad o mérito de la persona nombrada. Para algunas autoridades, en el concepto de trato de favor se incluyen prácticas como el favoritismo en la asignación de contratos, ya sean de obras públicas o con cualquier otro fin público, y el gasto de fondos públicos para beneficio de las personas favorecidas.
P
Patrimonio: propiedad real de una empresa o individuo, definida como la suma de todos los activos, menos, la suma de todos los pasivos.
Peculado: Delito consistente en el hurto de propiedades del erario público, cometido por aquél a quien está confiada su administración.
Perversión: Perversión, término derivado del latín perversio, ‘desvío', ‘aquello que se aparta de la vía o camino común', y que, en el lenguaje habitual.
S
Sistémico/ca: Perteneciente o relativo a la totalidad de un sistema; general, por oposición a local. || 2. Med. Perteneciente o relativo a un organismo en su conjunto. || 3. Med. Perteneciente o relativo a la circulación general de la sangre.
T
Territorio: A lo largo de la historia, muchas de las grandes guerras han sido causadas por el interés de ganar o apoderarse de territorio ajeno. Esto se debe a que, entre mayor sea el territorio que se posea, habrá más riquezas y más desarrollo. Ahora bien, ¿qué es el territorio?
El territorio es el elemento fundamental del Estado, pues sin territorio no hay Estado. El territorio es una parte de la superficie del mundo que pertenece a una nación; dentro de esa superficie se crea un país que es habitado por un pueblo que tiende a tener las mismas costumbres y hábitos, país que mediante el uso de fronteras o limites territoriales delimita su territorio respecto del de las naciones vecinas.
Sin embargo, el territorio no se conforma únicamente a partir de determinadas porciones de tierra, pues del territorio hacen parte también los ríos, el espacio aéreo, los mares, golfos, puertos, canales, bahías, etc. que se encuentran dentro del país. Esto quiere decir que un país es dueño también de determinados espacios aéreos y acuáticos, y que en el caso de una invasión o un ataque, puede utilizar su espacio aéreo y sus mares o ríos de la forma en que lo considere necesario para defender su soberanía.
Esta es la razón por la cual los Estados, tanto hoy como en el pasado, hayan defendido con tanto ahínco y persistencia el territorio.
Tráfico de influencias: m. Acción de traficar: ~ de influencias, uso o aprovechamiento indebido de los conocimientos o informaciones obtenidas en el desempeño de un cargo público.
Transacción: (Del lat. transactĭo, -ōnis). f. Acción y efecto de transigir. || 2. Trato, convenio, negocio.
Trasgresión: de transgredir; Quebrantar, violar un precepto, ley o estatuto.