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Modificación de la Ley del Registro de Motocicletas y Vehículos Similares

Modificación de la Ley del Registro de Motocicletas y Vehículos Similares

La Ley N° 5531/15 establece que cuando compre una motocicleta o vehículo similar, (motocarro, cuaciclón, triciclón, etc.), el vendedor deberá entregarle la Factura de Venta, el Formulario 22 o F-22 y el vehículo adquirido con la chapa de matrícula y la Verificación Física. El costo de la chapa y la verificación deberán ser abonados por el comprador.

¿Cómo se realiza la inscripción?

Una vez abonadas las liquidaciones (Tasa Judicial, Cédula Verde y Grabado), consignadas con códigos de barra al pie del Formulario 22 o F-22, dentro de los 90 días de validez del mismo; se generará una entrada electrónica de solicitud de inscripción en el Registro de Automotores, que le facilitará en 20 días posteriores al pago, retirar la Cédula Verde, de la Oficina Registral consignada al pie del F-22.

Puntos de pago habilitados

  • Visión Banco
  • Banco Continental
  • Itaú Banco
  • Banco Nacional de Fomento
  • Sudameris Bank
  • Banco Itapúa
  • Pago Express
  • Practipago