Se extiende suspensión de actividades judiciales hasta el 12 de abril de 2020 |
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La Corte Suprema de Justicia comunica a la comunidad jurídica y a la sociedad en general que ha resuelto extender la suspensión de actividades hasta el 12 de abril de 2020 en las Jurisdicciones Penal, Civil y Comercial y Laboral, tanto en Primera Instancia como en los Tribunales de Apelación en todas las Circunscripciones Judiciales del país y del Tribunal de Cuentas, con excepción de los Juzgados y Tribunales de la Jurisdicción Civil y Comercial de la Capital que cuenten con el Expediente Judicial Electrónico o el Trámite Judicial Electrónico, reanudándose los plazos en los juicios que tramitan ante los mismos a partir del día lunes 30 de marzo de 2020, y las demás excepciones de la Acordada N° 1366/2020. |
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Gestión a distancia durante emergencia sanitaria en Juzgados y Tribunales que operan electrónicamente |
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Los abogados podrán litigar a distancia en aquellos Juzgados y Tribunales que actualmente operan utilizando la tecnología en el marco de la implementación del Expediente y Trámite Judicial Electrónico en el Poder Judicial de nuestro país. La Corte Suprema de Justicia, en sesión plenaria, resolvió reanudar los plazos procesales, en los juicios tramitados ante los Juzgados y Tribunales en lo Civil y Comercial de la capital que cuenten con este sistema, a partir del lunes 30 de marzo del corriente. De esta manera entrará a regir el Protocolo de Gestión Electrónica a Distancia. |
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Juzgados de la Niñez prestan servicios para garantizar el interés superior de los menores |
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La Corte Suprema de Justicia dispuso, a través de la Acordada N° 1366/2020, la lista de órganos jurisdiccionales habilitados durante el periodo de emergencia sanitaria, entre ellos el Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de la Capital, que funciona con la dotación mínima de funcionarios y se encuentra abocado a entender lo dispuesto por la máxima instancia judicial. |
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Normativa resaltante |
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La Legislación de la República del Paraguay, es el resultado del Convenio de Cooperación suscripto entre la Corte Suprema de Justicia y la Presidencia de la República, sustentado en el interés de ambos Poderes de fortalecer el estado de derecho en el país, así como establecer mecanismos que contribuyan al desarrollo y fortalecimiento de la seguridad jurídica, el principio de legalidad, el acceso a la justicia y garantizar el acceso a la información oficial de forma libre y gratuita. |
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